Por: Padre Ricardo B. Mazza | Fuente: nuevoencuentro.com
Uno de los actos positivos en beneficio del prójimo que nace de la virtud teologal de la Caridad, es la corrección fraterna, de la que expresamente hace referencia el texto de Mateo 18,15:”Si tu hermano peca, repréndelo a solas entre los dos. Si te hace caso, has salvado a tu hermano”.
Por pecado entendemos -en este caso de la corrección fraterna-, toda acción externa y por lo tanto visible, por la que el prójimo rompe su relación con Dios o con sus hermanos, de una manera consciente –con conocimiento- y con consentimiento -o sea, con voluntad libre-.
Digo acción externa visible, porque aunque es pecado también el apartarse de Dios o del prójimo a través del pensamiento o de los pecados llamados internos, al no ser estos percibidos por los demás, no pueden ser objeto de la caritativa admonición.
Santo Tomás de Aquino en la Suma Teológica (II-II) cuestión 33 se plantea lo relativo a la misma en forma de ocho preguntas o artículos.
Santo Tomás de Aquino en la Suma Teológica (II-II) cuestión 33 se plantea lo relativo a la misma en forma de ocho preguntas o artículos.
El primer artículo o pregunta se refiere directamente a la congruencia de esta peculiar forma de obrar en relación con el prójimo, y la formula preguntándose “si la corrección es acto de Caridad”.
El planteo tiene su razón de ser ya que la advertencia caritativa al que peca o vive en estado habitual de pecado, es en cierta forma remedio que debe emplearse frente al pecado del prójimo.
Al respecto, como suele hacer en su enseñanza, Santo Tomás distingue entre el pecado que es nocivo a la persona concreta que peca, y el pecado personal que perjudica al otro o al bien común.
De esta distinción se deduce que nos encontramos ante una doble tarea caritativa.
El planteo tiene su razón de ser ya que la advertencia caritativa al que peca o vive en estado habitual de pecado, es en cierta forma remedio que debe emplearse frente al pecado del prójimo.
Al respecto, como suele hacer en su enseñanza, Santo Tomás distingue entre el pecado que es nocivo a la persona concreta que peca, y el pecado personal que perjudica al otro o al bien común.
De esta distinción se deduce que nos encontramos ante una doble tarea caritativa.
La primera que versa sobre el pecado del prójimo, apunta a buscar el bien de la persona, y en este sentido es un acto propio de la caridad ya que se pretende el bien espiritual de la persona, el cual está por encima del bien material que pudiéramos realizar en beneficio de alguien.
Buscar el bien espiritual de la persona, como en este caso, a través de la advertencia por su pecado, es un ejemplo claro del verdadero amor para con el hermano, ya que se busca apartarlo de aquello que es nocivo para su alma y que por lo tanto no sólo lo obstaculiza en su relación actual con Dios, sino también pone en riesgo la salvación eterna.
Podríamos afirmar por lo tanto que la corrección fraterna conforme al evangelio, descansa en una visión sobrenatural de la vida.
Buscar el bien espiritual de la persona, como en este caso, a través de la advertencia por su pecado, es un ejemplo claro del verdadero amor para con el hermano, ya que se busca apartarlo de aquello que es nocivo para su alma y que por lo tanto no sólo lo obstaculiza en su relación actual con Dios, sino también pone en riesgo la salvación eterna.
Podríamos afirmar por lo tanto que la corrección fraterna conforme al evangelio, descansa en una visión sobrenatural de la vida.
Justamente porque creemos que estamos llamados a la amistad con Dios ya en este mundo, como después de la muerte, es que se ha de buscar apartar al otro de todo lo que le hace daño e impide vivir en comunión con Dios.
La búsqueda por lo tanto del bien espiritual del otro es más importante que procurar el bien corporal, como por ejemplo aliviar a alguien de su enfermedad. Y esto es así porque la salud corporal en definitiva es para este mundo, y por lo tanto limitada al tiempo y a la propia realidad de la persona, mientras que el bien espiritual no sólo atañe a nuestra vida terrena sino a la eterna después de la muerte.
La búsqueda por lo tanto del bien espiritual del otro es más importante que procurar el bien corporal, como por ejemplo aliviar a alguien de su enfermedad. Y esto es así porque la salud corporal en definitiva es para este mundo, y por lo tanto limitada al tiempo y a la propia realidad de la persona, mientras que el bien espiritual no sólo atañe a nuestra vida terrena sino a la eterna después de la muerte.
Indudablemente nadie buscaría el bien espiritual de otra persona si no estuviera seguro de su suprema importancia, cual es la vinculación estrecha con el Creador.
La corrección fraterna como obra positiva de la caridad permite, además, que avancemos más y más en una mirada purificada acerca de la vida y el ser del hombre.
La corrección fraterna como obra positiva de la caridad permite, además, que avancemos más y más en una mirada purificada acerca de la vida y el ser del hombre.
Este intentar el bien espiritual de la persona a través de su apartamiento del pecado supone además que estamos convencidos que el bien supremo para el ser humano es Dios mismo.
En efecto, supongamos que tenemos en nuestra familia o en el núcleo de amistades alguien que ha caído en el vicio de la droga.
Inmediatamente tenemos en cuenta el bien corporal y mental de la persona, lo cual es loable, y tratamos de apartarla de ese vicio.
Pero si nos quedáramos en ese único plano, no buscaríamos más que el bien natural, cuando hay que apuntar también y sobre todo, desde una mirada de fe y de caridad sobrenatural, a desarraigarla de lo que perjudica su bien espiritual –ya que la aparta del bien divino- para encauzarla nuevamente en su noble caminar como hijo de Dios que se orienta al encuentro definitivo con su Creador.
Al concebir así nuestra tarea de apartar al otro de su desordenada opción de vida, procuramos en definitiva el bien global del ser humano en su aspecto natural como persona y en su conexión con el destino eterno sobrenatural para el que fue creado.
Al concebir así nuestra tarea de apartar al otro de su desordenada opción de vida, procuramos en definitiva el bien global del ser humano en su aspecto natural como persona y en su conexión con el destino eterno sobrenatural para el que fue creado.
Al respecto dice Santo Tomás que el “remover el mal de uno es de la misma naturaleza que procurar su bien”.
En una cultura como la nuestra tan atada a los bienes pasajeros o a concebir la vida solamente en procurar “bienes” temporales, que a la postre son pasajeros, se hace cada vez más necesario aprender a contemplar cada circunstancia de la vida desde una perspectiva de fe sobrenatural que ilumine el obrar de la caridad fraterna por la que estamos llamados a continuar el designio de Dios hacia el hombre, procurando la salvación de todos y de cada uno.
Y salvar al otro, significa en gran medida ayudarlo a su apartamiento del mal para que descubra la profundidad del llamado hacia el bien que late en lo más profundo del corazón.
En una cultura como la nuestra tan atada a los bienes pasajeros o a concebir la vida solamente en procurar “bienes” temporales, que a la postre son pasajeros, se hace cada vez más necesario aprender a contemplar cada circunstancia de la vida desde una perspectiva de fe sobrenatural que ilumine el obrar de la caridad fraterna por la que estamos llamados a continuar el designio de Dios hacia el hombre, procurando la salvación de todos y de cada uno.
Y salvar al otro, significa en gran medida ayudarlo a su apartamiento del mal para que descubra la profundidad del llamado hacia el bien que late en lo más profundo del corazón.
Cada uno de nosotros, pues, está por lo tanto llamado a descubrir en las circunstancias tan cambiantes de la vida, los mejores modos de ayudar a su prójimo.
Si por la corrección fraterna, logramos que alguien que se apresta a realizar un aborto no lo haga, no sólo habremos ganado para Dios a un hermano, sino que habremos impedido la realización del mal a otro, como es el quitar la vida al inocente.
Si por la corrección fraterna, logramos que alguien que se apresta a realizar un aborto no lo haga, no sólo habremos ganado para Dios a un hermano, sino que habremos impedido la realización del mal a otro, como es el quitar la vida al inocente.
Si por la corrección fraterna apartamos a una persona de su decisión de vivir “en pareja” en la tan común “unión de hecho”, lograríamos su permanencia en la relación con Dios, y la ayudaríamos a valorar en todo su significado el matrimonio cristiano, en el que por el pacto de amor entre un varón y una mujer, se prolongaría en la sociedad la unión entre Cristo y la Iglesia, como enseña el Apóstol San Pablo.
Es tan necesaria y obligatoria esta forma peculiar de vivir la caridad, que el profeta Ezequiel nos hace culpables por la omisión del acto virtuoso al afirmar que si “tú no hablas poniendo en guardia al malvado, para que cambie de conducta, el malvado morirá por su culpa, pero a ti te pediré cuenta de su sangre” (Ezequiel 33,8).
Diferente es la consecuencia para el que corrige si habiendo advertido no es escuchado por quien ha de cambiar de conducta, ya que habrá salvado su vida (cf. Ezequiel 33,9).
Diferente es la consecuencia para el que corrige si habiendo advertido no es escuchado por quien ha de cambiar de conducta, ya que habrá salvado su vida (cf. Ezequiel 33,9).
La segunda tarea del acto de corregir contempla el pecado personal del prójimo en cuanto redunda en detrimento de los demás, que se sienten lesionados o escandalizados, y también como perjuicio al bien común, cuya justicia queda alterada por el pecado.
Y así dice el Aquinate: “La otra corrección remedia el pecado del delincuente en cuanto revierte en perjuicio de los demás y, sobre todo, en perjuicio del bien común. Este tipo de corrección es acto de justicia, cuyo cometido es conservar la equidad de unos con otros”.
Y así dice el Aquinate: “La otra corrección remedia el pecado del delincuente en cuanto revierte en perjuicio de los demás y, sobre todo, en perjuicio del bien común. Este tipo de corrección es acto de justicia, cuyo cometido es conservar la equidad de unos con otros”.
Indudablemente se perfecciona de esta manera el acto de la corrección fraterna en cuanto que de conseguirse la conversión del que peca, se da pie a la congrua reparación del daño provocado a terceros.
Y así por ejemplo, -para continuar con la referencia hecha anteriormente respecto del que se droga- o según el caso, del que se alcoholiza -, de lograrse su redención, se obtiene la tranquilidad vulnerada en el seno de una familia concreta.
Como se puede observar es mucho lo que puede realizar el cristiano en beneficio de sus hermanos, ya sea en relación con el individuo concreto, ya respecto a aquellos que de alguna manera se ven perjudicados por el desvío de un particular.
Se ha de advertir por lo demás, que la corrección fraterna incluye otras reflexiones a tener en cuenta, como es el modo, el cuándo oportuno y la obligación de realizarla, dejando para otra oportunidad su consideración.
Como se puede observar es mucho lo que puede realizar el cristiano en beneficio de sus hermanos, ya sea en relación con el individuo concreto, ya respecto a aquellos que de alguna manera se ven perjudicados por el desvío de un particular.
Se ha de advertir por lo demás, que la corrección fraterna incluye otras reflexiones a tener en cuenta, como es el modo, el cuándo oportuno y la obligación de realizarla, dejando para otra oportunidad su consideración.
Una atención especial merece lo que refiere a la corrección fraterna institucional. Esta corresponde, como veremos, a la denuncia profética acorde con la misión de la Iglesia como Institución, con el ánimo de buscar un cambio social que redunde en beneficio de todos sus fieles.
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